Concepto:
El Seguro Decenal de
Daños mediante su garantía básica cubre durante diez años los daños materiales
causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a
la cimentación y estructura, y que comprometan directamente la resistencia
mecánica y seguridad del edificio.
Tomador del Seguro:
El tomador de este seguro es el promotor inmobiliario. Los asegurados son el propio promotor y los
sucesivos adquirentes del edificio o partes del mismo.
Garantía:
La Garantía
Básica Obligatoria garantiza el conjunto de la edificación (cimentación,
estructura, cerramientos exteriores, obra secundaria, equipos,
instalaciones, etc.) para los daños debidos a defectos de material, errores de
concepción o de ejecución, que tengan su origen o afecten a las obras
fundamentales y que comprometan la estabilidad del edificio.
Garantías Complementarias Decenales:
- Indexación de Garantías.
- Preexistentes.
Garantías Complemntarias Trienales:
- Impermeabilización de cubiertas.
- Impermeabilización de fachadas.
- Impermeabilización de sótanos.
- Obra secundaria.
- Instalaciones.
- Estabilidad y resistencia mecánica de fachadas no portantes.
Ley de Ordenación de la
Edificación Artículo 19 apartado 1.c. "Seguro de daños materiales o seguro de
caución para garantizar, durante diez años, el resarcimiento de los daños
materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o
afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de
carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la
resistencia mecánica y la estabilidad del edificio".